4.2 DEFINICION DE TRAMOS DE PROYECTO

Dentro del ámbito de la presente Instrucción, la carretera objeto del proyecto se dividirá en tramos de proyecto de longitud mínima 5 km, o la correspondiente al proyecto de construcción si es de menor longitud, medidos sobre el eje de la vía, en los cuales deben mantenerse fijos los factores de diseño considerados, y por tanto la sección de firme de proyecto. En casos específicos, debidamente justificados, se podrán considerar tramos menores de 5 km.

La definición de los tramos se realizará en función de los condicionantes que presenten los factores de diseño, es decir, las características del terreno natural de la traza, posibles variaciones del tráfico de proyecto, los materiales disponibles, las características geométricas, etc.

Se elegirá como tráfico de proyecto del tramo el de mayor categoría que se presente dentro de él.