Artículo 60.-Contratación mediante la modalidad de abono total del precio.

La ejecución de las obras de construcción de las carreteras, vías rápidas, autovías y autopistas podrá ser contratada mediante la modalidad de abono total del precio, en los casos en que se den los requisitos establecidos por la normativa vigente. (Del artículo 24 de la Ley).