Artículo 64.-Estudio de planeamiento.

1. Consiste en la definición de un esquema vial en un determinado año horizonte, así como de sus características y dimensiones recomendables, necesidades de suelo y otras limitaciones, a la vista del planeamiento territorial, urbanístico y del transporte.

2. Constará de Memoria con sus Anejos y Planos.

3. Deberá comprender una recopilación y análisis de datos referentes a la estructura socioeconómica, la ordenación territorial, los aspectos medioambientales, la demanda de transporte y su evolución y la seguridad vial. En relación con todos estos aspectos, deberá evaluar las previsiones y las alternativas existentes.