Art. 12. 
1. El estudio informativo consiste en la descripción en
líneas generales del trazado de la carretera, a los efectos de que pueda servir de base
al expediente de información pública que se inicia en su caso.
2. El estudio informativo comprenderá como mínimo: 
  - a. Objeto del estudio y exposición de las circunstancias que justifiquen la
    declaración de interés general de la carretera y la concepción global de su trazado. 
 
  - b. Definición en líneas generales, tanto geográficas como funcionales, de todas las
    opciones de trazados estudiadas. 
 
  - c. Análisis de las ventajas, inconvenientes y gastos de cada una de las opciones y su
    impacto en los diversos aspectos del transporte, teniendo en cuenta en los gastos los de
    los terrenos, servicios y derechos que puedan afectar en cada caso. 
 
  - d. Selección del trazado más recomendado como solución.