Art. 12.
1. El estudio informativo consiste en la descripción en
líneas generales del trazado de la carretera, a los efectos de que pueda servir de base
al expediente de información pública que se inicia en su caso.
2. El estudio informativo comprenderá como mínimo:
- a. Objeto del estudio y exposición de las circunstancias que justifiquen la
declaración de interés general de la carretera y la concepción global de su trazado.
- b. Definición en líneas generales, tanto geográficas como funcionales, de todas las
opciones de trazados estudiadas.
- c. Análisis de las ventajas, inconvenientes y gastos de cada una de las opciones y su
impacto en los diversos aspectos del transporte, teniendo en cuenta en los gastos los de
los terrenos, servicios y derechos que puedan afectar en cada caso.
- d. Selección del trazado más recomendado como solución.