DECRETO FORAL NORMATIVO 1/06, de 6 de junio, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA NORMA FORAL DE CARRETERAS Y CAMINOS DE GUIPUZCOA

La Disposición Final Primera de la Norma Foral 11/05, de 2 de diciembre, por la que se modifica la Norma Foral 17/94, de 25 de noviembre, de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa, autoriza al Consejo de Diputados para que en el plazo de seis meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa elabore un Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa, incluyendo la facultad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales, al que se incorporen las modificaciones que en su texto se introducen por la propia Norma Foral 11/05, por la Norma Foral 7/00, de 28 de diciembre de Modificación de la Norma Foral 17/94, de 25 de noviembre, de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa, y por la Disposición Adicional Primera de la Norma Foral 7/02, de 3 de octubre, por la que se regula el Canon de Utilización de Infraestructuras Viarias y se regulan determinados aspectos del Régimen Jurídico Tributario de la Sociedad Pública Foral «Bidegi Gipuzkoako Azpiegituren Agentzia-Agencia Guipuzcoana de Infraestructuras S.A.».

Además, la facultad de regularizar, aclarar y armonizar las Normas Forales que se refunden justifican otras modificaciones que se inspiran en diversos criterios, tales como la integración de la perspectiva de género conforme a la Ley 4/05, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, la introducción de determinadas precisiones terminológicas y aclaraciones del texto que tienen como finalidad contribuir a la aclaración de sus preceptos, corrigiendo errores de concordancia, ajustando la numeración de los artículos y coordinando los preceptos y las remisiones y referencias entre artículos.

En consecuencia, se ha elaborado un Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa, que se incorpora como anexo y que tiene por objeto, en cumplimiento del mandato normativo, recoger las modificaciones que han quedado detalladas.

En su virtud, de conformidad con la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Diputado Foral del Departamento para las Infraestructuras Viarias, previa deliberación y aprobación del Consejo de Diputados en sesión celebrada el día 6 de junio de 2006,

DISPONGO

ARTICULO UNICO.

Se aprueba el Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa que se acompaña a continuación.

DISPOSICION DEROGATORIA.

Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

DISPOSICION FINAL.

El presente Decreto Foral Normativo y el Texto Refundido que aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.