ORDEN de 20 de mayo de 1998, DE LA CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS CUANTIAS DE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, APROBADO POR DECRETO 29/93, de 11 de marzo

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ARTICULO UNICO.

Se actualizan las cuantías de las sanciones previstas en el artículo 113 del Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid, que quedan establecidas como sigue:

1. Artículo 113 apartados a) y b)

Relativo a Infracciones leves previstas en el artículo 108.1 apartados a) y b) del Reglamento:

2. Artículo 113 apartado c)

Relativo a Infracciones graves previstas en el artículo 108.2 apartados a) y b) del Reglamento:

3. Artículo 113 apartado d)

Relativo a Infracciones graves previstas en el artículo 108.2 apartados c) y d) del Reglamento:

4. Artículo 113 apartado e)

Relativo a Infracciones graves previstas en el artículo 108.2 apartado e) del Reglamento:

5. Artículo 113 apartado f)

Relativo a Infracciones graves previstas en el artículo 108.2 apartado f) del Reglamento:

6. Artículo 113 apartado g)

Relativo a Infracciones graves previstas en el artículo 108.2 apartado g) del Reglamento, el cuadro de sanciones será el siguiente:

7. Artículo 113 apartado h)

Relativo a Infracciones muy graves previstas en el artículo 108.3 apartados a), b), c), d), e), f) y g) del Reglamento:

DISPOSICION TRANSITORIA

Los procedimientos sancionadores que estuvieran en tramitación a la entrada en vigor de la presente Orden continuarán tramitándose y se resolverán conforme a las cuantías de las sanciones establecidas en la Orden de 13 de septiembre de 1995 de esta Consejería («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 26 de septiembre).

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».