CAPITULO III. De la explotación

Artículo 26.- Concepto.

1. La explotación de la carretera comprende las operaciones de conservación y mantenimiento y las actuaciones encaminadas a la defensa de la vía y a su mejor uso.

2. Las operaciones de conservación y mantenimiento incluyen todas las actuaciones necesarias para la preservación, en el mejor estado posible, del patrimonio viario. Asimismo abarcan las actuaciones encaminadas a facilitar su utilización en correctas condiciones de seguridad, fluidez y comodidad.

3. Las actuaciones de uso y defensa, incluyen las referentes a la señalización, ordenación de accesos, delimitación y uso de las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección, así como también las relativas a la funcionalidad de la vía, ayuda a la vialidad y aforos de tráfico.