TÍTULO V. TRAMOS URBANOS Y TRAVESIAS DE CARRETERAS

CAPÍTULO I. TRAMOS URBANOS

Artículo 63. Concepto.

A los efectos de esta Ley Foral tramo urbano de una carretera es aquel que discurre por, o colinda con, suelo clasificado como urbano en el correspondiente instrumento de planeamiento urbanístico municipal.