TÍTULO V. TRAMOS URBANOS Y TRAVESIAS DE CARRETERAS
CAPÍTULO I. TRAMOS URBANOS
Artículo 63. Concepto.
A los efectos de esta Ley Foral tramo urbano de una carretera es aquel que
discurre por, o colinda con, suelo clasificado como urbano en el correspondiente
instrumento de planeamiento urbanístico municipal.