(...)
Finalmente se modifica de forma muy concreta el Plan Regional de Carreteras en la manera prevista en la Ley de aprobación del citado Plan.
De conformidad con el artículo 10 de la Ley 8/2000, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Plan Regional de Carreteras se procede, por razones de coyuntura presupuestaria, a modificar los anexos primero y segundo a los que se refiere el artículo 4 del mencionado texto legislativo, los cuales quedarán establecidos en la forma que figura en los Anexos 3.º y 4.º de esta Ley. administ
(...)
(...)