Artículo 19. Procedimientos administrativos

Los órganos competentes acordarán la aplicación de la tramitación de urgencia regulada en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los procedimientos administrativos relativos a iniciativas, proyectos o actuaciones declaradas de interés para el evento deportivo declarado de interés general.