APARTADO CONGELADO

 

1-4-2000

ESTRUCTURAS

VIGENCIA DE LAS COLECCIONES

Las colecciones oficiales contienen modelos de obras de paso de carreteras cuya utilización exime al proyectista de la realización de los cálculos. Todas las colecciones están aprobadas por Ordenes Ministeriales (26-9-78, 26-9-84, 27-12-84 y 3-6-86.)

Hay quien entiende en el Ministerio de Fomento, y así se nos ha hecho saber en el servicio de publicaciones, en el que se ha suprimido la venta de las colecciones, que la aprobación de nuevas instrucciones de hormigón o de acciones junto a la coletilla habitual en el Real Decreto u Orden Ministerial que las aprueba de "asimismo, quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto/Orden ministerial" derogan de facto las colecciones hasta ese momento vigentes.

La teoría defendida por aquellos que insisten en la no vigencia de las colecciones es la siguiente, las colecciones se realizan siguiendo unas instrucciones, por ejemplo la EH-73, en cuanto sale la EH-82 debe entenderse automáticamente derogada la colección realizada conforme a  la norma anterior.

Antes de pasar a indicar nuestra postura, conviene indicar que en cualquier caso no se encuentra justificación a que si se consideran derogadas las mencionadas colecciones, no se de a este hecho la debida publicidad con la derogación de las mismas EXPRESAMENTE por Orden Ministerial. 

Esta era una buena practica que siempre se había seguido, así por ejemplo, la O.M. de 26-9-84 que aprueba dos colecciones, en su punto quinto indica: "Un año después de la fecha de esta publicación quedarán nulas y sin valor legal las siguientes colecciones:...." y derogaba EXPRESAMENTE 17 colecciones. La derogación de las colecciones por igual procedimiento (derogación expresa por Orden Ministerial) entendemos que solo conllevaría ventajas. Nos dejaria claro a muchos que efectivamente estan derogadas y se acabaria toda discusión.

Pero pasamos a defender el porque pensamos que no están derogadas ni mucho menos:

En coedición del Ministerio de Fomento y el Boletín Oficial del Estado, se ha publicado un tomo de "LEGISLACION DE CARRETERAS" en el que se indica que dicha publicación recoge la legislación vigente en la materia hasta el 31-12-97.

En dicha publicación de 2.223 paginas, cerca de mil son la recopilación que se hace de las colecciones oficiales, todas ellas se recogen en la sección X. (Dicha publicación si se sigue vendiendo en el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Fomento)

El referido tomo "LEGISLACION DE CARRETERAS" comienza con un prologo del Secretario General Técnico en el que deja muy claro que las colecciones estaban vigentes en enero de 1997 y, por ello, ocupan casi la mitad de la publicación.

Las Instrucciones conforme a las cuales se redactaron las colecciones (EH-82, EP-80, PDS-1) estaban todas derogadas en enero de 1997 y, por tanto, el Secretario General Técnico no entendió que ello afectara a la vigencia de las colecciones. (Se recuerda que el Secretario General Tecnico tiene las competencias relativas a producción normativa y asistencia jurídica).

En la O.M. de 3-6-86 que aprueba la colección de pequeñas obras de paso 4.2-IC se indica que "Por otra parte y respecto de las pequeñas obras de fabrica entendiendo por tales las luces libres iguales o menores de diez metros, la colección existente en la actualidad incluye únicamente obras en arco de hormigón en masa. SIN PERJUICIO DE QUE DICHA COLECCION CONTINUE ESTANDO VIGENTE, PUES NO HAY NINGUN INCONVENIENTE EN ELLO, se ha considerado procedente ampliar los tipos estructurales y los materiales para construirlos"

Esa colección que indica que sigue estando vigente "PUES NO HAY NINGUN INCONVENIENTE EN ELLO", ESTA APROBADA POR ORDEN MINISTERIAL DE ¡¡¡¡¡ 8-7-64 !!!!! y desde que se aprobó hasta el día en que se dice que continua vigente por no haber inconveniente en ello, han aparecido, entre otras: la O.M. de acciones del 72, la EH-73, la PDS-1, la EH-82...

No parece que pueda entenderse que con la referida expresión utilizada en la EHE, la EP-93, la NCSE, etc, de "asimismo, quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto/Orden ministerial"  queden derogadas las colecciones, por cuanto la EH-91 no se opone a la EH-82, ni la EP-93 a la EP-80, ni la NCSE-94 a la PDS-1, ni la EHE a la EH-91 y EP-93, ni la IAP a la Orden ministerial del 72, ni ninguna de ellas a las colecciones, pues todas ellas son   plasmación de la evolución técnica, que avanza habitualmente por impulsos que se van complementando, casi nunca, oponiendo.

Pero es que además técnicamente tampoco está tan claro que las colecciones deban derogarse por cuanto si están sancionadas por la práctica,  si se han estado construyendo con buen resultado con unos niveles de calidad y control exigidos en la construcción y en los materiales, muy inferiores a los actuales, puede entenderse que está justificado la no variación de su dimensionamiento.

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