INSTRUCCION PARA REDACTAR LOS PROYECTOS DE CARRETERAS
1903

En la de 20 de Diciembre de 1900 se expuso la absoluta necesidad de que, al estudiar esa clase de vías, se procurase reducir su coste todo lo posible; se recordaban las numerosas disposiciones superiores dictadas con este objeto, y faltó anadir que en una de ellas, la circular de 18 de Junio de 1859, se decía que no podrían ser aprobados los proyectos en que se prescindiera de las condiciones de economía en el coste de las obras, aun cuando satisficieran á las demás.

Eso mismo hay que expresar ahora, y con mayor razón, por la escasa importancia de las carreteras que falta construir, la mayor parte de las cuales son verdaderos caminos vecinales y algunas de interés particular, debiendo estar sus condiciones de vialidad en relación con el pequeño servicio que han de prestar.

Se dijo tambien en la mencionada circular, que la verdadera medida del acierto en la formación le los proyectos de las carreteras de tercer orden es la cifra de su presupuesto; y conforme esta Dirección general con esas ideas, expresadas cuando, hace más de cuarenta y tres años, faltaba construir la mayor parte de las carreteras del plan y otras muchas incluidas después en el mismo, las reproduce hoy, insistiendo mucho en que por muy bien estudiados que estén los proyectos que en lo Sucesivo se envíen á esta dependencia de mi cargo, serón devueltos á sus autores si no satislacen á las reglas siguientes:

1.ª

El trazado de las carreteras en general, pero muy especialmente el de las de tercer orden, debe ceñirse al terreno, en todos sentidos, cuanto sea posible, con curvas numerosas y rasantes comodadas á la pendiente de aquél, desechando las grandes alineaciones rectas, y mirando como cosa secundaria el que resulten pequenas subidas y bajadas. La inclinación de las rasantes puede llegar al 7 ú 8 por 100, y aun al 9 en los trozos rectos y de corta longitud. El radio mínimo de las curvas puede ser de 10 metros, y en las que, por hallarse en terraplén, haya peligro para el tránsito, se ensanchará la explanación lo necesario para colocar malecones de tierra. Cuando el trazado de una carretera se haga por terrenos de valor, convendrá aprovechar para ella los caminos viejos, siempre que el aumento de obras que exijan para dejarlos en condiciones aceptables no supere á la economía que se obtenga en la expropiación.

2.ª

El ancho normal de las carreteras de tercer orden será de 6 metros, de los que se asignan 4m,50 al firme y 1m,50 á los dos paseos. Los Ingenieros justificarán cumplidamente, en el proyecto de cada carretera de esa clase, que el tráfico probable de la misma exigirá el ancho que se acaba de indicar; pues cuando eso no suceda, deberán reducirlo á 5 metros, de los cuales serán 3m,50 para el firme y 1m,50 para los dos paseos; pero construyendo cada 200 metros, próximamente, un apartadero donde puedan cruzar dos carros cargados con objetos de gran volumen. Esos apartaderos se establecerán en los sitios donde el terreno permita hacerlos con mayor economía; tendrán unos 20 metros de longitud y el ancho necesario para que, sumado con el de la carretera, resulte un total de 7m,00. En los pasos difíciles de grandes desmontes, se deberá reducir el ancho de la carretera á 4m,00, asignando 3m,20 al firme, y 0m,80 á los paseos.

3.ª

El ancho entre pretiles de los puentes podrá reducirse á 3m,50 ó 4m,50, si lo justifica debidamente la economía que se obtenga de ese modo y lo consiente el tráfico que se haya de verificar por ellos. Se procurará evitar el empleo de materiales costosos en todas las obras de fábrica, no debiendo entrar en ellas la sillería sino cuando lo exija la necesidal de dar ciertas condiciones de solidez á algunas partes de las mismas; y aun en estos casos, se dará preferencia, en general, á la sillería desbastada y con las juntas labradas. Deben suprimirse las coronaciones de sillería de los muros de sostenimiento y la mampostería careada ó concertada de sus paramentos, así como los guardarruedas, los cuales deberán sustituirse por pretiles corridos en los muros y demás obras de fábrica, y por malecones en los terraplenes de las laderas escarpadas. Finalmente, se construirán badenes en lugar de tajeas, alcantarillas, pontones y puentes, cuando esta sustitución pueda hacerse sin graves inconvenientes.

4.ª

El espesor máximo del firme será en el centro de 0m,20, y en los mordientes de la caja, el que corresponda para que el bombeo resulte de '/**, próximamente.

5.ª

No deben proyectarse casillas de peones camineros sino en los sitios de las carreteras donde, en gran distancia, no haya otro albergue para ellos, con perjuicio del servicio que han de prestar.

6.ª

Al principiarse el estudio de una carretera, debe siempre el Ingeniero Jefe de la provincia reconocer el terreno, en compañia del Ingeniero encargado de dicho trabajo, y repetirá igual operación después de terminado éste, silo estima necesario para informar sobre el mismo. En ese documento hará constar si ha verificado el primero ó los dos reconocimientos, y expondrá su opinión razonada acerca de las condiciones del trazado y ancho de la vía, atendida la disposición del terreno; la naturaleza y entidad de las obras propuestas y el tráfico probable de la línea proyectada; la clasificación de las excavaciones y el aprovechamiento de sus productos; la sección de desagüe, cimientos y elección de materiales para las obras de fabrica; dimensiones y clase de piedra para el firme; precios de las diferentes unidades de obra, y, por último, sobre cuantos puntos y cuestiones pueda contener un proyecto de esta clase.

7.ª

Antes de anunciar la subasta de las obras de una carretera, se verificará su replanteo, marcando el eje de la misma con un surco donde el terreno ó la naturaleza de los cultivos lo permita, y con señales de pintura donde la roca se halle al descubierto y en las paredes de las fincas urbanas ó muros de cerramiento. Si al hacer dicho surco se origina algún daño en los terrenos, se observará lo preceptuado en los artículos 110 y 111 del Reglamento de 13 de Junio de 1879 para la ejecución de la ley de Expropiación forzosa por causa de utilidad pública; y si no hay posibilidad de marcar el eje del modo expresado, se referirán los cotos ó señales á puntos fijos del terreno que sirvan para restablecerlos si desaparecen.

8.ª

Si en el replanteo coincide la traza con la del proyecto aprobado, y tampoco hubiese que introducir variaciones en los precios ni en las cantidades de obra del presupuesto, lo avisará el Ingeniero Jefe á la Dirección general, y la licitación versará sobre el proyecto aprobado.

9.ª

Cuando la traza replanteada difiera sensiblemente de la del proyecto aprobado, se levantarán su plano y perfiles, intercalando los transversales que sean indispensables para definir convenientemente la superficie del terreno, y se revisará la clasificación y distribución de las excavaciones, abriendo las calicatas necesarias, si el simple aspecto del suelo no basta para formar juicio seguro de la naturaleza de los terrenos que haya que excavar. Con estos datos se redactarán nuevamente los anejos respectivos de la Memoria del proyecto aprobado, deduciendo los precios medios que, en definitiva, deban adoptarse para la explanación; otro tanto se hará con los de las obras de fábrica y de afirmado, si del reconocimiento de los sitios de procedencia de los materiales para ellas, ó del examen de su clase y condiciones, resultare la necesidad de variar los precios que se les asignen en el mencionado proyecto; y, por último, se redactará el presupuesto, poniendolo en perfecta concordancia con las cantidades de obra que resulten del replanteo y con los precios revisados. Este documento y el plano y perfiles de la traza reformada se remitirán por el Ingeniero Jefe á la Dirección general, y servirán de base á la subasta de las obras.

10.ª

Cuando lo quebrado del terreno impida replantear la carretera sin hacer antes una parte de la explanación para abrir senda ó camino practicable, se formará, al estudiar el proyecto, un solo trozo con la longitud de línea que se halle en estas condiciones, y en la que el terreno sea de la misma naturaleza en toda su extensión. En ese trozo se prescindirá del replanteo previo á la subasta; pero fijando el precio del desmonte con pleno conocimiento de la única clase de terreno que hay que excavar, y quedando sólo la incertidumbre acerca de la cuantía del volumen de esta excavación, que se determinará mediante perfiles tomados previamente y suscriptos por el Ingeniero y el contratista.

11.ª

Quedarán exceptuadas del replanteo previo aquellas obras que, por su naturaleza, pueden ser determinadas y definidas con toda exactitud por los documentos del proyecto.

Madrid, 30 de Marzo de 19O3.-

El Director general, M. Burgos y Mazo.

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