Artículo 66. Solicitud de admisión al espacio controlado de pruebas.

1. Las solicitudes de admisión al espacio controlado de pruebas se presentarán por los promotores o, en el caso de proyectos de interés general, a instancia de una autoridad interesada.

2. Las solicitudes se presentarán a través de la Ventanilla Única del espacio controlado de pruebas creada para la gestión y tramitación de las solicitudes de admisión al espacio controlado alojada en la sede electrónica asociada del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que será gestionada por la Oficina.

La Oficina podrá aprobar modelos de solicitud de admisión en el espacio controlado de pruebas, cuya utilización sea obligatoria para los promotores o autoridades interesadas.

3. La solicitud deberá ir acompañada de:

4. Durante esta fase de solicitud y elaboración del borrador del protocolo, estará habilitado, en la sede electrónica asociada, un sistema de consultas previas que será operado por la Oficina. La resolución de dichas consultas tendrá carácter informativo para asistir a los posibles promotores en la presentación de sus solicitudes.

5. En cualquier momento se podrá requerir a los promotores información adicional sobre los proyectos piloto para la evaluación previa de las solicitudes. Esta información no supondrá, ni podrá incluir, una mejora o cambio sustancial de la propuesta presentada inicialmente, sino que tendrá exclusivamente carácter complementario y aclaratorio.

6. Los datos relativos a los proyectos facilitados por los promotores en el procedimiento de admisión en el espacio controlado de pruebas tendrán, a todos los efectos, la consideración de información confidencial.