- TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
- TÍTULO I. DE LOS INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO
- CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado
- CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo
- Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
- Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
- Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo.
- Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
- TÍTULO II. DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
- CAPÍTULO I. Normas generales de actuación
- Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
- Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
- Artículo 15. Lengua de los procedimientos.
- Artículo 16. Registros.
- Artículo 17. Archivo de documentos.
- Artículo 18. Colaboración de las personas.
- Artículo 19. Comparecencia de las personas.
- Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación.
- Artículo 21. Obligación de resolver.
- Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver.
- Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
- Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
- Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
- Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas.
- Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas.
- Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo.
- CAPÍTULO II. Términos y plazos
- CAPÍTULO I. Normas generales de actuación
- TÍTULO III.
DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos
- CAPÍTULO II. Eficacia de los actos
- Artículo 37. Inderogabilidad singular.
- Artículo 38. Ejecutividad.
- Artículo 39. Efectos.
- Artículo 40. Notificación.
- Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones.
- Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel.
- Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos.
- Artículo 44. Notificación infructuosa.
- Artículo 45. Publicación.
- Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones.
- CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad
- TÍTULO IV. DE LAS DISPOSICIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN
- CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento
- CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento
- Sección 1.ª Disposiciones generales
- Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración
- Artículo 58. Iniciación de oficio.
- Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa.
- Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.
- Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.
- Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.
- Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora.
- Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora.
- Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
- Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado
- CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento
- CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento
- Sección 1.ª Disposiciones generales
- Sección 2.ª Prueba
- Sección 3.ª Informes
- Sección 4.ª Participación de los interesados
- CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento
- Sección 1.ª Disposiciones generales
- Sección 2.ª Resolución
- Artículo 87. Actuaciones complementarias.
- Artículo 88. Contenido.
- Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.
- Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores.
- Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial.
- Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
- Sección 3.ª Desistimiento y renuncia
- Sección 4.ª Caducidad
- CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común
- CAPÍTULO VII. Ejecución
- Artículo 97. Título.
- Artículo 98. Ejecutoriedad.
- Artículo 99. Ejecución forzosa.
- Artículo 100. Medios de ejecución forzosa.
- Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio.
- Artículo 102. Ejecución subsidiaria.
- Artículo 103. Multa coercitiva.
- Artículo 104. Compulsión sobre las personas.
- Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias.
- TÍTULO V. DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA
- CAPÍTULO I. Revisión de oficio
- Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos.
- Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables.
- Artículo 108. Suspensión.
- Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores.
- Artículo 110. Límites de la revisión.
- Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado.
- CAPÍTULO II. Recursos administrativos
- Sección 1.ª Principios generales
- Artículo 112. Objeto y clases.
- Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.
- Artículo 114. Fin de la vía administrativa.
- Artículo 115. Interposición de recurso.
- Artículo 116. Causas de inadmisión.
- Artículo 117. Suspensión de la ejecución.
- Artículo 118. Audiencia de los interesados.
- Artículo 119. Resolución.
- Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos.
- Sección 2.ª Recurso de alzada
- Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición
- Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión
- Sección 1.ª Principios generales
- CAPÍTULO I. Revisión de oficio
- TÍTULO VI. DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA Y DE LA POTESTAD PARA DICTAR REGLAMENTOS Y OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley.
- Artículo 128. Potestad reglamentaria.
- Artículo 129. Principios de buena regulación.
- Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación.
- Artículo 131. Publicidad de las normas.
- Artículo 132. Planificación normativa.
- Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
- DISPOSICIONES FINALES