Nota de carreteros.org: La disposición final primera del R.D 1428/2003 suprimió "el concepto básico "vía rápida"" del anexo primero del texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, introduciendo en su lugar la vía para automóviles que se define como "toda vía reservada exclusivamente a la circulación de automóviles, con una sola calzada y con limitación total de accesos a las propiedades colindantes, y señalizada con las señales S-3 y S-4, respectivamente".
S-3 | S-4 |