ANEXO II Catálogo de la Red de Carreteras del Estado

(Se incluyen las modificaciones realizadas por el REAL DECRETO 1411/2018 y por el REAL DECRETO 299/2019)

El presente Catálogo recoge la relación de carreteras que forman la Red de Carreteras del Estado, a fecha 31/12/2014 (momento de la última actualización anual). Asimismo, recoge la nomenclatura propuesta para las carreteras que en la actualidad están planificadas por el Ministerio de Fomento, aunque todavía no estén en servicio. De esta manera, este catálogo actualiza la nomenclatura de la Red de Carreteras del Estado, y deroga las disposiciones previas sobre la materia en todo lo que se opongan a él.

En adelante, el Catálogo de la Red de Carreteras del Estado contenido en esta Ley de carreteras es la referencia de nomenclatura a utilizar para la Red de Carreteras del Estado.

En el campo «Carretera» se incluye la denominación LL-NNN de las carreteras que conforman la red, según las reglas anteriores que siguen vigentes: N para carreteras convencionales (las antiguas «nacionales») y A, AP o código de la ciudad para autopistas y autovías libres, autopistas de peaje o tramos urbanos y periurbanos de gran capacidad respectivamente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1231/2003, de 26 de septiembre, por el que se modifica la nomenclatura y el catálogo de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado.

En el campo «Denominación» se incluye el nombre que tiene cada carretera, conforme a lo previsto en la Ley 25/1988 de Carreteras y en todas las modificaciones acaecidas hasta la fecha, incluyendo y actualizando el mencionado RD 1231/2003. En el campo «Itinerario de referencia O/D» se ha actualizado, asimismo, lo contenido en la Ley 25/ 1988 y en el RD 1231/2003.

En el caso de las nacionales es de resaltar el hecho de que, por su sustitución paulatina por carreteras de gran capacidad, en muchos casos estos itinerarios difieren de los originarios de la Ley de 1988. El criterio empleado ha sido mencionar como «Itinerario de referencia O/D» en estos casos los puntos que, en la actualidad, se encuentran en los extremos de los tramos más alejados que siguen formando parte de la carretera original.

Asimismo, las antiguas nacionales que han sido sustituidas por nuevas carreteras, pero que siguen formando parte de la Red de Carreteras del Estado, se incluyen en este catálogo con el código que les corresponde según las bases de datos del Ministerio de Fomento (nombre de la carretera, terminado en una A, R...) en el campo «Carretera», con el mismo contenido que su carretera madre en el campo «Denominación» y sin contenido en el campo «Itinerario de referencia O/D», puesto que se entienden incluidas en las carreteras del mismo código.