16. Riesgo y responsabilidad.

Serán por cuenta del interesado, y a su exclusivo riesgo y responsabilidad las obras del acceso, vía de servicio o instalaciones, así como las que con posterioridad a su construcción sea preciso realizar en las mismas con motivo de modificaciones en la carretera, sin que por esta causa pueda el interesado exigir indemnización alguna.