En caso de ser necesario ampliar la calzada de la vía de servicio, se utilizarán para ello las franjas de tres metros (3,00 m) de anchura indicadas en el punto 84, así como las cunetas de un metro y medio (1,50 m) de ancho indicadas en el punto 80, Drenaje superficial, de esta norma. Las nuevas cunetas, correspondientes a la vía de servicio cuya calzada haya sido objeto de ampliación, podrán ser de ancho reducido.