Artículo 30. Estudios informativos.

1. El estudio informativo constará de memoria con sus anejos, y planos, que comprenderán, al menos:

2. En los estudios informativos de carreteras se estudiará la necesidad de establecer áreas de servicio, áreas de descanso y aparcamientos seguros. Cuando sean necesarias se determinará su ubicación a efectos de que queden incluidos en la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental.