Sección 3.ª Resolución de los contratos
Artículo 206. Causas de resolución.
Son causas de resolución del contrato:
- a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción
de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo
previsto en el artículo 73 bis.
- b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro
procedimiento.
- c) El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista.
- d) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y el
incumplimiento del plazo señalado en la letra c) del apartado 2 del artículo 96.
- e) La demora en el pago por parte de la Administración por plazo superior al
establecido en el apartado 6 del artículo 200 o el inferior que se hubiese
fijado al amparo de su apartado 8.
- f) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales,
calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
- g) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente
pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés
público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea
posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el título V del libro
I.
- h) Las establecidas expresamente en el contrato.
- i) Las que se señalen específicamente para cada categoría de contrato en esta
Ley.
(Artículo redactado de conformidad con la LEY 2/2011)