Artículo 88. Responsabilidades a que están afectas las garantías.
La garantía responderá de los siguientes conceptos:
- a) De las penalidades impuestas al contratista conforme al
artículo 196.
- b) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de
los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el
cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la
misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no
proceda su resolución.
- c) De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del
contrato, de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido.
- d) Además, en el contrato de suministro la garantía definitiva responderá de la
inexistencia de vicios o defectos de los bienes suministrados durante el plazo
de garantía que se haya previsto en el contrato.