Art. 99.

Los sobres que han de presentarse estarán cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente; uno de ellos contendrá exclusivamente la proposición económica, ajustada al modelo inserto en el anuncio de la subasta, y el otro, la documentación a que se refieren los artículos anteriores, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y, en ambos, el nombre del licitador.

Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde éstas puedan ser presentadas. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las por él presentadas.