SECCIÓN 4.ª IMPORTE DE LOS CONTRATOS Y PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SU VALOR
Artículo 16. Importe de los umbrales de los contratos.

La presente ley se aplicará a los contratos cuyo valor estimado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), sea igual o superior a los siguientes límites:

(Cantidades en cursiva dadas por la Orden HAP/2425/2013)