CAPITULO V Resolución del contrato

Cláusula 66. Sanciones al contratista por daños y perjuicios en caso de resolución por causas imputables al mismo.

En el caso de resolución del contrato por causas imputables al contratista, la fijación y valoración de los daños y perjuicios causados se verificará por el Director y resolverá la Administración, previa audiencia del contratista.