TEXTO ARTICULADO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO
(Aprobado por Decreto 923/1965)
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LIBRO PRIMERO
TITULO PRIMERO. DEL CONTRATO DE OBRAS
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CAPITULO II. FORMAS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS
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Artículo 35.
Podrán celebrarse mediante concurso los contratos siguientes:
- 1. Aquellos en que no sea posible la fijación previa de un presupuesto definitivo.
- 2. Los que se refieren a la ejecución de obras cuyos proyectos o prescripciones técnicas no se hallen establecidas previamente por la Administración y que hallan de presentar los licitadores.
- 3. Aquellos para la realización de los cuales facilite la Administración materiales o medios auxiliares cuya buena utilización exija garantías especiales por parte de los contratistas.
- 4. Los que por su naturaleza exijan aptitudes especiales en los empresarios.