LEY 13/1995, de 18 de mayo, DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
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LIBRO I. DE LOS CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN GENERAL
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TITULO III. DE LAS ACTUACIONES RELATIVAS A LA CONTRATACIÓN
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CAPÍTULO VII. DE LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
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SECCION 2ª. NORMAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO
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SUBSECCIÓN III. DEL CONCURSO
Artículo 86. Supuestos de aplicación del concurso.
Se adjudicarán por concurso aquellos contratos en los que la selección del empresario no se efectúe exclusivamente en atención a la oferta cuyo precio sea más bajo y, en particular, en los siguientes casos:
- a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente por la Administración y deban ser presentados por los licitadores.
- b) Cuando el órgano de contratación considere que la definición de la prestación aprobada por la Administración es susceptible de ser mejorada por otras soluciones técnicas o por reducciones en su plazo de ejecución, a proponer por los licitadores.
- c) Aquéllos para la realización de los cuales facilite la Administración materiales o medios auxiliares cuya buena utilización exija garantías especiales por parte de los contratistas.
- d) Aquéllos que requieran el empleo de tecnología especialmente avanzada o cuya ejecución sea particularmente compleja.