REAL DECRETO 250/2023, de 4 de abril, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL DECRETO 139/2020, de 28 de enero, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, Y EL REAL DECRETO 645/2020, de 7 de julio, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

(formato PDF)

Unicamente colocamos aquí la parte del Real Decreto relacionada con la Dirección General de Carreteras (la versión completa en PDF más arriba)

 

(...)

En segundo lugar, resulta necesario proceder a una reorganización de la estructura de la Dirección General de Carreteras con la finalidad de mejorar la eficacia y eficiencia en el desarrollo de las funciones que tiene asignadas y en aras de promover el cambio hacia una movilidad descarbonizada, sostenible y digital.

En efecto, el intenso y acelerado proceso de digitalización en la movilidad y el transporte está impulsando el desarrollo de un nuevo conjunto de tecnologías, servicios y ecosistemas empresariales. La incorporación de herramientas y servicios innovadores en las organizaciones empresariales, en las administraciones públicas y en la vida cotidiana, acelerada con la pandemia, resulta en el desarrollo exponencial de nuevos servicios que tienen un impacto directo sobre las infraestructuras de transporte.

El desarrollo de las nuevas tecnologías orientadas al transporte y la movilidad supone una oportunidad extraordinaria para aprovechar plenamente el potencial de las políticas públicas basadas en la sostenibilidad y la digitalización como factor de crecimiento económico y competitividad internacional, de innovación tecnológica y científica y de integración social, poniendo en el centro a las personas. Esto también supone un reto organizativo y cultural para las administraciones públicas que requiere una respuesta eficaz.

La Dirección General de Carreteras mantiene su estructura básica actual desde hace más de treinta años. Esta estructura organizativa ha permitido la planificación, proyecto y construcción de la Red de Carreteras del Estado hasta nuestros días, mostrándose como un modelo de éxito para un periodo concreto de intenso desarrollo de las infraestructuras de transporte en España.

En la actualidad, la Red de Carreteras del Estado cuenta con más de 26.000 km, siendo la primera de Europa y tercera del mundo en vías de alta capacidad, y soporta más del 50 % del tráfico en España, elevándose esta cifra al 65 % en el caso de los vehículos pesados. Esto supone una red extensa, mallada y madura que permite la prestación del servicio de movilidad de personas y mercancías en condiciones óptimas de seguridad y confort.

Sin embargo, las políticas públicas orientadas a la gestión de infraestructuras de transporte están inmersas en una profunda transformación que, en el caso de la carretera, se fundamenta en la reorientación de objetivos hacia la prestación del servicio público de movilidad basado en la sostenibilidad, la digitalización y la seguridad, como garante del derecho a la movilidad como pilar fundamental. En este sentido, la carretera ha de entenderse como palanca para contribuir a la sostenibilidad y la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos, ya que tiene impacto en las ciudades, vertebra el territorio y condiciona la vida diaria del usuario. Por ello, el objetivo de la Dirección General de Carreteras es hacerla más humana, sostenible, resiliente e innovadora y siempre teniendo al usuario en el centro de las decisiones.

Este cambio de paradigma implica transitar de una gestión centrada principalmente en el desarrollo de nueva infraestructura a una gestión más orientada a la innovación y a la prestación de un servicio público de calidad de la infraestructura existente, como palancas claves para el desarrollo económico, la cohesión territorial y la vertebración social de España.

La estructura de la Dirección General de Carreteras ha de ser reflejo del compromiso de la Administración General del Estado por afrontar los nuevos retos que se imponen a la gestión de infraestructuras y dotar competencial y orgánicamente de respaldo a su misión actual y futura; la racionalización en la planificación, proyecto y construcción de carreteras, la conservación y optimización de la red existente, la incorporación de los criterios de sostenibilidad e innovación en su actuación y la generación de valor público como visión.

Asimismo, se requiere su reorganización para afrontar las nuevas líneas de trabajo que, con ayuda del PRTR, van a conformar las principales líneas de actuación de la Dirección en el presente y futuro. Concretamente, de los casi diecisiete mil millones de euros de fondos PRTR cuya gestión corresponde al Departamento, 13.203 millones están destinados al impulso de la movilidad sostenible (4.536 millones financiarán el Plan de choque de movilidad en entornos urbanos y metropolitanos, y 6.667 millones la movilidad sostenible, segura y conectada), actuaciones para las que la Dirección General de Carreteras ha de adaptar su estructura y funciones a fin de lograr la transformación de la Red de Carreteras del Estado a través de proyectos de sostenibilidad, seguridad, eficiencia energética e integración urbana.

A ello se unen reformas de gran calado para el ámbito de las carreteras que el Ministerio está abordando: la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030 (aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de diciembre de 2021) y el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, aprobado por Consejo de Ministros el 13 de diciembre de 2022. Ambos instrumentos recogen las principales orientaciones que han de guiar la gestión de infraestructuras de transporte terrestre y, en concreto, para la Red de Carreteras del Estado, se definen nuevas líneas de trabajo estratégicas como la integración urbana de las travesías, la eficiencia energética, la resiliencia y adaptación al cambio climático de la red o la consideración de la bicicleta y los peatones como usuarios vulnerables desde el diseño. Asimismo, establecen los principios y criterios de la política de planificación de infraestructuras, lo que implica la necesaria adaptación de la dirección general.

Se añade a lo anterior la Estrategia Estatal por la Bicicleta, que constituye el primer plan a nivel nacional liderado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para impulsar este modo de transporte desde todos sus ámbitos: movilidad cotidiana, ocio, deporte, turismo y cadena de valor de la industria. Dentro de las líneas de acción de dicha Estrategia, destaca la dedicada al desarrollo de la infraestructura ciclista, en la que la Dirección General de Carreteras juega un papel fundamental. Debe entenderse la movilidad ciclista como un principio desde el diseño de las carreteras, garantizando el desarrollo de una red continua y segura que permita la movilidad urbana, periurbana e interurbana a través de las carreteras del Estado, así como la colaboración con el resto de las administraciones públicas competentes para garantizar la coherencia de las políticas en la materia.

Además, en los últimos años se ha desplegado un marco normativo con un impacto muy importante en la red viaria que no ha tenido su consecuencia en un cambio estructural de la Dirección General de Carreteras, dentro del cual se pueden destacar las siguientes normas: la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras; la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética; el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables; o el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

Por ello, se definen nuevas competencias y se adaptan las existentes a fin de garantizar la consecución satisfactoria de los retos que enfrenta el Departamento y la Dirección General de Carreteras en particular y se reorganizan las unidades con rango de subdirección general dentro de la Dirección General.

En particular, se integran las actuales subdirecciones generales de Construcción y de Proyectos en una única, denominada Subdirección General de Proyectos y Obras, con el objetivo de impulsar la eficacia y eficiencia del proceso de diseño y construcción de carreteras, aunando en un mismo equipo y bajo una coordinación común el ciclo completo desde la redacción del proyecto hasta su ejecución.

Asimismo, se crea la Subdirección General de Sostenibilidad e Innovación, con el objetivo de abordar con capacidad y rigor los retos que afronta la Red de Carreteras del Estado en materia medioambiental, tecnológica y de innovación. Su creación es necesaria para el impulso y desarrollo de las iniciativas centradas en la descarbonización, la digitalización o la protección de usuarios vulnerables, impulsando líneas de trabajo como la Estrategia Estatal de la Bicicleta, la Estrategia de Eficiencia Energética de la Red de Carreteras del Estado, así como otros planes relacionados con la sostenibilidad, la resiliencia y la adaptación al cambio climático de la carretera, dando así cumplimiento a las medidas establecidas en el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en lo relativo a las infraestructuras terrestres.

Igualmente, la nueva subdirección liderará los planes de innovación para una gestión eficiente de la Red incorporando un enfoque ad extra como representación en los foros y proyectos internacionales de innovación y ad intra dirigido al impulso y coordinación de la política de innovación en carreteras. También se integrarán en esta subdirección los planes y proyectos en materia de digitalización, impulsando la gestión del dato en todas las fases del ciclo de vida de la carretera, gestión mediante tecnologías big data y la implantación de la metodología BIM.

Por otro lado, se hace necesario recuperar la importancia que el proceso de planificación debe tener en un administrador de infraestructura como es la Dirección General de Carreteras. Para ello, se incorporan las competencias establecidas por la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, en materia de planificación, análisis de rentabilidad socioeconómica y la redacción de estudios informativos, entre otras, a la actual Subdirección General de Explotación, pasando a denominarse Subdirección General de Planificación y Explotación.

Por último, en base a la experiencia acumulada, con esta reorganización también se pretende mejorar el funcionamiento de las subdirecciones generales en lo que se refiere a sus competencias tradicionales (proyecto, construcción, conservación y explotación), mejorando la delimitación de competencias, agrupando actividades para conseguir mayores sinergias y reforzando algunas de sus líneas de trabajo. Una de dichas líneas a potenciar es la de la implementación de una política de gestión de activos en la que el mantenimiento de los activos que componen las carreteras se base fundamentalmente en el reconocimiento del estado de los mismos y en sus sistemas de gestión, de forma que se consiga llevar a cabo una priorización objetiva de las inversiones necesarias en materia de rehabilitación, potenciando de esta manera el mantenimiento predictivo frente al correctivo. Esta es la razón principal por la que la actual Subdirección General de Conservación pasa a denominarse Subdirección General de Conservación y Gestión de Activos.

(...)

Artículo 4. Dirección General de Carreteras.

1. Corresponde a la Dirección General de Carreteras el ejercicio de las siguientes funciones en el ámbito de las carreteras del Estado, en el contexto de la adaptación al cambio climático, la descarbonización y la movilidad sostenible:

(SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EXPLOTACIÓN)

a) El desarrollo y seguimiento de la planificación de la Red de Carreteras del Estado, a través de los instrumentos recogidos en la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, así como de otros instrumentos.

b) La elaboración, seguimiento, supervisión y aprobación de los estudios previos e informativos de carreteras, incluyendo la tramitación ambiental requerida en cada caso teniendo en cuenta los principios de descarbonización, resiliencia y de adaptación al cambio climático, así como la elaboración, seguimiento, supervisión y aprobación de los análisis de rentabilidad socioambiental y de los estudios de rentabilidad económica, social, ambiental y financiera que sean necesarios conforme a la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

c) La realización de evaluaciones de impacto de las infraestructuras viarias en la seguridad definidas en el Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado.

d) La elaboración, seguimiento, supervisión y control de los estudios de viabilidad de concesiones de carreteras y la elaboración de estudios e informes y la coordinación, inspección y control de las carreteras explotadas en régimen de concesión u otro modo de gestión indirecta desde el momento de su puesta en servicio, en coordinación con la Subdelegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje.

e) El proyecto y la coordinación, inspección y control de las concesiones de áreas de servicio.

f) La gestión del patrimonio vial, su defensa y su mejor uso en las zonas de dominio público, de servidumbre, de afección y de influencia de las carreteras del Estado. Asimismo, la gestión de la cesión de los tramos de las carreteras a ayuntamientos y cambios de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo con otras administraciones públicas.

 

(SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS Y OBRAS)

g) La elaboración, seguimiento, supervisión y control de los anteproyectos, proyectos básicos o de trazado y proyectos de construcción para actuaciones de nuevo trazado, de acondicionamiento, de duplicación de calzada y de carreteras 2+1, así como la tramitación ambiental requerida en cada caso según la legislación vigente, teniendo en cuenta los principios de descarbonización, resiliencia y de adaptación al cambio climático.

h) La realización de las auditorías de seguridad viaria de los anteproyectos, proyectos básicos o de trazado y proyectos de construcción, así como de proyectos modificados y de la fase previa a la puesta en servicio, definidas en el Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, en el ámbito de las competencias del Departamento y sin perjuicio de las competencias del Ministerio del Interior.

i) La gestión y control de la construcción y de la calidad de las obras de las actuaciones mencionadas en la letra g), así como el seguimiento técnico y el control económico de las mismas y sus incidencias.

 

(SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVOS)

j) La completa conservación de las carreteras del Estado a través de actividades de vialidad, de conservación ordinaria y resto de operaciones e intervenciones necesarias para garantizar la adecuada calidad del servicio público viario. La participación en los órganos que se constituyan ante eventuales emergencias, así como la colaboración y coordinación con las autoridades competentes en materia de regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.

k) La implementación de una política de gestión de activos en la Dirección General de Carreteras basada en estándares y normas reconocidas internacionalmente, así como la coordinación y desarrollo de los sistemas de gestión de los distintos elementos de las carreteras. Las inspecciones y reconocimientos del estado de los elementos de la carretera, así como la programación de las actuaciones de mejora, reparación y rehabilitación de los mismos en base a la información de los sistemas de gestión.

l) La planificación, gestión y seguimiento en materia de ruido, así como la elaboración de los mapas de ruido en las carreteras del Estado y sus correspondientes planes de acción.

m) La elaboración, seguimiento, supervisión y control de los proyectos básicos o de trazado y de los proyectos de construcción para actuaciones específicas de mejora, reparación o rehabilitación de elementos de la carretera, incluyendo las específicas contra el ruido; para mejoras locales, incluyendo las específicamente destinadas a los usuarios vulnerables; para actuaciones de acondicionamiento, mejora y humanización de vías urbanas; y para todas aquellas necesarias para la adecuada conservación y explotación de la red, incluyendo la tramitación ambiental requerida en cada caso según la legislación vigente teniendo en cuenta los principios de descarbonización, resiliencia y de adaptación al cambio climático. Asimismo, la gestión y control de la construcción y de la calidad de las obras de dichas actuaciones, incluyendo el seguimiento técnico y el control económico de las mismas y sus incidencias.

n) El inventario, análisis, seguimiento estadístico y elaboración de informes y estudios de accidentalidad en la Red de Carreteras del Estado. El establecimiento de directrices para llevar a cabo los procedimientos recogidos en el Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, o procedimientos similares que la legislación comunitaria establezca. La evaluación y gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en servicio, la realización de auditorías de seguridad viaria en la fase inicial en servicio y de las inspecciones periódicas de seguridad viaria, en el ámbito de las competencias del Departamento y sin perjuicio de las competencias del Ministerio del Interior. Asimismo, la coordinación de los programas de formación de los auditores de seguridad viaria.

 

(SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD E INNOVACIÓN)

ñ) El impulso y desarrollo de las iniciativas de movilidad ciclista en el ámbito de las carreteras del Estado, garantizando la ejecución de infraestructuras que permitan el desarrollo de una red continua y segura que facilite la movilidad urbana, periurbana e interurbana, así como la colaboración con el resto de las administraciones públicas competentes para garantizar la coherencia de las políticas en la materia.

o) La elaboración, implementación, seguimiento y control de la estrategia de eficiencia energética de la Red de Carreteras del Estado, así como de otros planes estratégicos relacionados con la sostenibilidad, descarbonización, resiliencia y adaptación al cambio climático, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico así como con otros departamentos ministeriales competentes en la materia.

p) La elaboración, implementación, seguimiento y control de planes y proyectos de innovación que optimicen la gestión de la Red de Carreteras del Estado, con especial atención al desarrollo de herramientas innovadoras relacionadas con la mejora de la seguridad viaria, sin perjuicio de las competencias del Ministerio del Interior.

q) La elaboración, implementación, seguimiento y control del plan de digitalización de la Dirección General de Carreteras, impulsando la gestión del dato en todas las fases del ciclo de vida de la carretera, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría del Departamento. Asimismo, el impulso y coordinación de los estudios, proyectos y obras específicas a desarrollar con metodología BIM.

r) El análisis, diagnosis y prognosis de la demanda del transporte por carretera, incorporando nuevas tecnologías.

s) La participación en la elaboración y seguimiento de las políticas nacionales y europeas en materia de I+D+i en carreteras y la representación en otros programas, foros y organizaciones de carácter nacional, europeo e internacional competentes en el diseño de políticas en materia de I+D+i en carreteras, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Departamento o de otros departamentos ministeriales.

 

(SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN)

t) La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo, así como la gestión de los asuntos relativos a la licitación, contratación, adquisiciones y expropiaciones, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría u otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos. Asimismo, la programación, seguimiento y evaluación de los proyectos financiables con fondos europeos, así como la elaboración y propuesta de instrucciones relativas a todos los procedimientos relacionados en este párrafo.

u) El desarrollo y seguimiento de los convenios y protocolos en los que participe la Dirección General de Carreteras, excepto los relativos a cesión de tramos de carreteras a ayuntamientos y cambios de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo con otras administraciones públicas.

 

(NO ENCOMENDADAS)

v) La coordinación, seguimiento y gestión de la programación de actuaciones a desarrollar en las carreteras del Estado que permita la toma de decisiones estratégicas, el análisis y el control de operaciones, así como el establecimiento de un modelo de gestión por hitos y objetivos en el desarrollo de las actividades.

w) La elaboración y propuesta de la normativa técnica, instrucciones internas y documentos técnicos de aplicación en las carreteras del Estado, así como la participación en la elaboración de normas de la Unión Europea y de otras organizaciones internacionales.

x) La coordinación, seguimiento e impulso de las actividades desarrolladas por las Demarcaciones de Carreteras. El establecimiento de metodologías y criterios homogéneos para la implantación de planes estratégicos, líneas de actuación y proyectos de forma coordinada.

2. De la Dirección General de Carreteras dependen los siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general:

a) La Subdirección General de Planificación y Explotación, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos a) a f) del apartado anterior.

b) La Subdirección General de Proyectos y Obras, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos g) a i) del apartado anterior, así como las competencias indicadas en el párrafo m) en lo relativo a actuaciones de mejoras locales que le correspondan por sus especiales características.

c) La Subdirección General de Conservación y Gestión de Activos, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos j) a n) del apartado anterior.

d) La Subdirección General de Sostenibilidad e Innovación, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos ñ) a s) del apartado anterior.

e) La Subdirección General de Coordinación, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos t) y u) del apartado anterior.

(...)