TÍTULO V EJECUCIÓN
CAPÍTULO XIII EJECUCIÓN
Artículo 65.º Cimbras, encofrados y moldes
Las cimbras, encofrados
y moldes, así como las uniones de sus distintos elementos, poseerán una resistencia y
rigidez suficientes para garantizar el cumplimiento de las tolerancias dimensionales y
para resistir, sin asientos ni deformaciones perjudiciales, las acciones de cualquier
naturaleza que puedan producirse sobre ellos como consecuencia del proceso de hormigonado
y, especialmente, bajo las presiones del hormigón fresco o los efectos del método de
compactación utilizado. Dichas condiciones deberán mantenerse hasta que el hormigón
haya adquirido la resistencia suficiente para soportar, con un margen de seguridad
adecuado, las tensiones a que será sometido durante el desencofrado, desmoldeo o
descimbrado.
Estos elementos se
dispondrán de manera que se eviten daños en estructuras ya construidas.
El suministrador de los
puntales justificará y garantizará las características de los mismos, precisando las
condiciones en que deben ser utilizados.
Se prohíbe expresamente
el empleo de aluminio en moldes que hayan de estar en contacto con el hormigón.
Los encofrados y moldes
serán lo suficientemente estancos para que, en función del modo de compactación
previsto, se impidan pérdidas apreciables de lechada o mortero y se consigan superficies
cerradas del hormigón.
Los encofrados y moldes
de madera se humedecerán para evitar que absorban el agua contenida en el hormigón. Por
otra parte, las piezas de madera se dispondrán de manera que se permita su libre
entumecimiento, sin peligro de que se originen esfuerzos o deformaciones anormales.
Las superficies
interiores de los encofrados y moldes aparecerán limpias en el momento del hormigonado, y
presentarán las condiciones necesarias para garantizar la libre retracción del hormigón
y evitar así la aparición de fisuras en los paramentos de las piezas. Para facilitar
esta limpieza en los fondos de pilares y muros, deberán disponerse aberturas
provisionales en la parte inferior de los encofrados correspondientes.
En el caso del hormigón
pretensado las cimbras, encofrados y moldes deberán resistir adecuadamente la
redistribución de cargas que se origina durante el tesado de las armaduras como
consecuencia de la transmisión de los esfuerzos del pretensado al hormigón. Asimismo,
deberán permitir las deformaciones de las piezas en ellos hormigonadas, especialmente los
alargamientos, los acortamientos y contraflechas que no deberán ser coartados.
Estos elementos deberán
diseñarse de manera que sea posible el correcto emplazamiento de la armadura y los
tendones del pretensado, así como una compactación adecuada del hormigón.
Los encofrados y moldes
deberán poderse retirar sin causar sacudidas ni daños en el hormigón.
El empleo de productos
para facilitar el desencofrado o desmoldeo de las piezas deberá ser expresamente
autorizado, en cada caso, por la Dirección de Obra. Dichos productos no deberán dejar
rastros ni tener efectos dañinos sobre la superficie del hormigón, ni deslizar por las
superficies verticales o inclinadas de los moldes o encofrados. Por otra parte, no
deberán impedir la ulterior aplicación de revestimientos ni la posible construcción de
juntas de hormigonado, especialmente cuando se trate de elementos que, posteriormente,
vayan a unirse entre sí para trabajar solidariamente.
Los productos
desencofrantes o desmoldeantes aprobados se aplicarán en capas continuas y uniformes
sobre la superficie interna del encofrado o molde, colocándose el hormigón durante el
tiempo en que estos productos sean efectivos.
Se evitará el uso de
gasóleo, grasa corriente o cualquier otro producto análogo pudiéndose utilizar para
estos fines barnices antiadherentes compuestos de siliconas, o preparados a base de
aceites solubles en agua o grasa diluida.