Como se pone de manifiesto en los capítulos 9 y 10, en esta norma se ha optado, para el dimensionamiento de las rehabilitaciones estructurales, por el procedimiento más generalizado entre las Administraciones de Carreteras. Se basa, fundamentalmente, en las relaciones, en cada tipo de sección estructural, entre las intensidades de tráfico pesado y los niveles de deterioro y las deflexiones. Sin embargo, en la preparación de las tablas de espesores de recrecimiento se ha recurrido también a comprobaciones con métodos de cálculo analítico.
Sin embargo, la experiencia para el establecimiento de dichas relaciones no es suficientemente amplia cuando se trata de determinadas técnicas de rehabilitación (el reciclado, por ejemplo). Por otro lado, a veces es necesario recurrir a equivalencias estructurales entre unidades de obra diferentes; por ejemplo, eso ocurre cuando al ejecutar la rehabilitación se demuestra que el estado real del firme hace inviable la solución proyectada.
En consecuencia, si se justifica adecuadamente, esta norma no excluye en las categorías de tráfico pesado más bajas, T32 y T4 (T41 y T42), la posibilidad de un dimensionamiento con técnicas o materiales distintos de los incluidos expresamente en las tablas de espesores de recrecimiento, ya que determinadas condiciones locales pueden hacer que soluciones diferentes resulten de interés técnico o económico, con mejores resultados desde el punto de vista ambiental o de la seguridad de la circulación vial. Por esta razón se ha desarrollado la tabla 11, en la que se incluyen coeficientes de equivalencia (cociente entre los espesores de dos capas de diferente naturaleza que se supone aportan una capacidad estructural semejante), respecto a las mezclas bituminosas en caliente convencionales, para los casos en los que fuese necesario recurrir a la equivalencia estructural entre diferentes materiales y no se disponga de los correspondientes módulos y leyes de fatiga de los materiales a utilizar.
Como aspecto muy importante en cualquier circunstancia, en dicha tabla se recogen también limitaciones constructivas, que deben ser tenidas en cuenta tanto en el proyecto como en la ejecución de la rehabilitación.
TABLA 11 MATERIALES PARA REHABILITACIÓN ESTRUCTURAL DE FIRMES
MATERIAL | COEFICIENTE
DE EQUIVALENCIA |
LEY DE FATIGA | LIMITACIONES CONSTRUCTIVAS |
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE (Tipos D, S y G) |
1 | er=6,925·10-3·N-0,27243 | Espesor de capa de rodadura (D y S): -Para T00, T0 y T1: No admisible. - Para T2: 5-6 cm - Para T3 y T4: 5 cm. Espesor mínimo de capa intermedia: 5 cm, excepto en capas de reposición, reperfilado y en arcenes. Espesor mínimo de capa de base: 7 cm, excepto en capas de reposición, reperfilado y arcenes. |
MEZCLA BITUMINOSA DISCONTINUA EN CALIENTE (Tipos M y F) |
1 | - | Espesor de capa de rodadura: - Para T00 a T1: 3 cm. - Para T2 a T4: 2-3 cm. |
MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE (Tipo PA) |
1 | - | Espesor de capa de rodadura: - Para T00 a T31: 4 cm. - Para T32 y T4: No admisible. Ver apartado 8.4 |
MEZCLA BITUMINOSA ABIERTA EN FRIO |
1 | - | Espesor de capa de rodadura: - Para T00 a T31: No admisible. - Para T32 y T4 ≤ 5 cm. (Excepto vías de servicio no agrícolas de autopistas y autovías). |
MEZCLA BITUMINOSA DE ALTO MODULO |
1,25 | er=6,617·10-3·N-0,27243 | Únicamente se podrán utilizar si el espesor total de mezcla nueva fuera superior a 25 cm. |
RECICLADO EN CALIENTE EN CENTRAL (1) DE CAPAS BITUMINOSAS |
0,8 a 1 | Ley específica | Ver apartado 9.1. |
GRAVACEMENTO(2) | - | sr/RF=1-0,065·log N | - Espesor mínimo: 20 cm. - Espesor máximo: 25 cm. |
GRAVAEMULSION | 0,75 | Ley específica | Espesor de capa: - Para T00 a T1: No admisible. - Para T2 a T4: 6 a 12 cm. |
GRAVAESCORIA | Material equivalente a la gravacemento, a la que podrá sustituir en algún tipo de soluciones | ||
RECICLADO IN SITU CON EMULSION (3) DE CAPAS BITUMINOSAS |
0,75 | Ley específica | Ver apartado 9.1. Espesores: 6 a 12 cm |
SUELOCEMENTO(2) | - | sr/RF=1-0,080·log N | - Espesor mínimo: 20 cm. - Espesor máximo: 30 cm. |
RECICLADO IN SITU CON CEMENTO DE CAPAS DE FIRME |
Material semejante al suelocemento al que podrá sustituir en algún tipo de soluciones | Ver apartado 9.1. Espesores: 20 a 30(4) cm |
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ZAHORRA ARTIFICIAL |
0,25(5) | ez=2,16·10-2·N-0,28 | - Espesor mínimo: 15 cm. - Espesor máximo: 30 cm. |
MACADAM | Material equivalente a la zahorra artificial, a la que podrá sustituir en algún tipo de soluciones |
En algunos casos, para conseguir los espesores de recrecimiento de mezcla bituminosa, especificados en las tablas 5 ó 9 para las capas de mezclas bituminosas en caliente, los espesores indicados en la tabla 11 podrán no cumplirse, siempre y cuando se justifique y se satisfagan las siguientes condiciones: