Anexo I del REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION (SEÑALES VERTICALES DE CIRCULACIÓN)
SEÑALES DE INDICACIONES GENERALES SEÑALES DE SERVICIO

SEÑALES DE INDICACION

5.9 SEÑALES DE CARRILES
"Las señales de carriles indican una reglamentación especial para uno o más carriles de la calzada".
(Artículo 160 del Reglamento General de Circulación)

 

S-50a S-50b S-50c S-50d S-50e S-51 S-52
CARRILES RESERVADOS PARA EL TRAFICO EN FUNCION DE LA VELOCIDAD SEÑALIZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. CARRILES RESERVADOS PARA EL TRAFICO EN FUNCION DE LA VELOCIDAD SEÑALIZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. CARRILES RESERVADOS PARA EL TRAFICO EN FUNCION DE LA VELOCIDAD SEÑALIZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. CARRILES RESERVADOS PARA EL TRAFICO EN FUNCION DE LA VELOCIDAD SEÑALIZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. CARRILES RESERVADOS PARA EL TRAFICO EN FUNCION DE LA VELOCIDAD SEÑALIZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. CARRIL RESERVADO PARA AUTOBUSES Indica la prohibición a los conductores de los vehículos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. La mención taxi autoriza también a los taxis la utilización de este carril. En los tramos en que la marca blanca longitudinal esté constituida, en el lado exterior de este carril, por una línea discontinua, se permite su utilización general exclusivamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y, en su caso, a los taxis. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACION. Preseñaliza el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso.
S-52a S-52b S-53 S-53a S-53b S-53c S-60a
FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACION. Preseñaliza, en una calzada de doble sentido de circulación, el carril que va a cesar de ser utilizable, e indica el cambio de carril preciso. FINAL DE CARRIL DESTINADO A LA CIRCULACION. Preseñaliza, en una calzada de doble sentido de circulación, el carril que va a cesar de ser utilizable, e indica el cambio de carril preciso. PASO DE UNO A DOS CARRILES DE CIRCULACION. Indica, en un tramo con un sólo carril en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulación. PASO DE UNO A DOS CARRILES DE CIRCULACION CON ESPECIFICACION DE LA VELOCIDAD MAXIMA EN CADA UNO DE ELLOS. Indica, en un tramo con un sólo carril de circulación en un sentido, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulación. También indica la velocidad máxima que está permitido alcanzar en cada uno de ellos. PASO DE DOS A TRES CARRILES DE CIRCULACION. Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación. PASO DE DOS A TRES  CARRILES DE CIRCULACION, CON ESPECIFICACION DE LA VELOCIDAD MAXIMA EN CADA UNO DE ELLOS. Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación. También indica la velocidad máxima que está permitido alcanzar en cada uno de ellos. BIFURCACION HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE DOS CARRILES. Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado.
S-60b S-61a S-61b S-62a S-62b S-63
BIFURCACION HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE DOS CARRILES. Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. BIFURCACION HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE TRES CARRILES. Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado. BIFURCACION HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE TRES CARRILES. Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. BIFURCACION HACIA LA IZQUIERDA EN CALZADA DE CUATRO CARRILES. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado. BIFURCACION HACIA LA DERECHA EN CALZADA DE CUATRO CARRILES.  Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. BIFURCACION EN CALZADA DE CUATRO CARRILES. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo los dos carriles de la izquierda se bifurcarán hacia la izquierda y los dos de la derecha hacia la derecha.
S-64
CARRIL BICI O VIA CICLISTA ADOSADA A LA CALZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de vía ciclista sólo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada así como su sentido de circulación. CARRIL BICI O VIA CICLISTA ADOSADA A LA CALZADA. Indica que el carril sobre el que está situada la señal de vía ciclista sólo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada así como su sentido de circulación.
(Artículo 160 del Reglamento General de Circulación)
Al índice del anexo I del REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION (SEÑALES VERTICALES DE CIRCULACIÓN) A la página inicial de SEÑALIZACION VERTICAL A la página principal de WWW.CARRETERAS.ORG