INSTRUCCION TECNICA PARA LA INSTALACION DE REDUCTORES DE VELOCIDAD Y BANDAS TRANSVERSALES DE ALERTA EN CARRETERAS DE LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO
AL APARTADO ANTERIOR AL APARTADO SIGUIENTE

 

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Esta norma básica será de aplicación en todos aquellos puntos de la Red de Carreteras del Estado donde sea necesaria la instalación de «reductores de velocidad (RDV)» y «bandas transversales de alerta (BTA)».