CAPÍTULO V. CATÁLOGO DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA.

Artículo 17. Concepto y régimen jurídico.

1. El Catálogo de Carreteras de Andalucía es el instrumento de carácter público que sirve para la identificación e inventario de las carreteras que constituyen la red de carreteras de Andalucía, adscribiéndolas a las distintas categorías de la red y clasificándolas conforme al artículo 15 de la presente Ley.

Asimismo, indicará la Administración pública titular de cada carretera, la matrícula de la misma, que sirve de identificación en las placas de ruta, así como su denominación, su origen, su término, sus puntos kilométricos inicial y final y las características técnicas que reglamentariamente se determinen.

2. El Catálogo de Carreteras de Andalucía comprenderá el de la red autonómica y el de la red provincial.  (Texto en cursiva redactado de conformidad con la LEY 2/2003)

3. La Consejería competente en materia de carreteras de la Junta de Andalucía elaborará y aprobará provisionalmente los correspondientes proyectos y revisiones del Catálogo, debiendo estar, en su caso, a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las actividades de intervención singular.

La revisión del Catálogo de Carreteras de Andalucía podrá realizarse cuando las circunstancias lo aconsejen, de acuerdo, en su caso, con las determinaciones del Plan General de Carreteras de Andalucía o de sus planes viarios de desarrollo.

4. El Catálogo de Carreteras de Andalucía y sus revisiones se aprobarán definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno.

5. La Consejería competente en materia de carreteras aprobará las correspondientes modificaciones puntuales del Catálogo, previo informe de las Corporaciones locales afectadas.

Las Diputaciones provinciales podrán proponer modificaciones del Catálogo en el ámbito de las carreteras de su titularidad a la Consejería competente en materia de carreteras.

6. La Consejería competente en materia de carreteras actualizará anualmente el Catálogo de Carreteras de Andalucía incorporando las modificaciones puntuales realizadas.