Art. 12. Comisión del Plan General de Carreteras de Aragón.

1. Se crea la Comisión del Plan General de Carreteras de Aragón como órgano administrativo colegiado, integrado en el Departamento responsable de carreteras.

2. La Comisión del Plan General de Carreteras de Aragón estará integrada por:

3.  La Comisión designará, de entre sus miembros, un secretario.

4. Compete a la Comisión del Plan General de Carreteras de Aragón:

5. La Comisión del Plan General de Carreteras elaborará y aprobará su reglamento de funcionamiento.