Artículo 80. Procedimiento y resolución. Silencio administrativo.

1. El procedimiento para la concesión de autorizaciones en carreteras de la Diputación Foral de Gipuzkoa se ajustará a las siguientes reglas:

2. Las autorizaciones para actividades, trabajos u obras en carreteras y caminos municipales se sustanciarán y otorgarán conjuntamente con la licencia urbanística cuando se trate de actuaciones sometidas a dicha licencia, por lo que las normas procedimentales y del régimen para su otorgamiento serán las de ésta.