Artículo 8.- Objetivos del Plan de Carreteras.
Entre los objetivos del Plan de Carreteras deberán fijarse los siguientes:
- a) Vertebrar y equilibrar el territorio de la Región de Murcia, garantizando la
accesibilidad adecuada a todos los puntos de la Comunidad Autónoma y actuando en
los itinerarios precisos para fomentar el dinamismo de las zonas.
- b) Satisfacer la demanda de transporte, mejorando la funcionalidad de la Red
Regional, la cual podrá complementar funcionalmente a la estatal.
- c) Mejorar la seguridad vial.
- d) Minimizar el impacto sobre el medio físico, en especial sobre las áreas
naturales protegidas, y minorar el negativo impacto del tráfico sobre los
núcleos de población. A tal efecto, los proyectos de autopistas, autovías y
nuevas carreteras deberán cumplir la normativa sobre impacto ambiental y ser
informados preceptivamente por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Las modificaciones del trazado de las carreteras existentes incluirán desde la
fase de estudio previo un análisis y evaluación de los impactos ambientales
previsibles.
- e) Asegurar las inversiones del Plan en las diferentes leyes de presupuestos,
así como las necesidades de mantenimiento de las diversas carreteras,
incrementando el valor patrimonial de la red viaria y gestionando eficazmente
los recursos disponibles.