APARTADO CONGELADO
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CAPÍTULO V Resolución de la licitación
Cláusula 17. Resolución del concurso.-

Una vez concluido su trabajo de evaluación descrito en las cláusulas anteriores, la Mesa de Contratación acordará la propuesta de resolución del concurso, que elevará al Ministro de Fomento.

El Ministro de Fomento resolverá el concurso, pudiendo declararlo desierto, y notificará tal resolución a los licitadores.

Conforme al artículo 109 y disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la resolución del órgano de contratación pone fin a la vía administrativa.

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