PLIEGO DE CLÁUSULAS GENERALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE AUTOPISTAS EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN
Cláusula 44. Exenciones de peaje.-

No se concederán exenciones en el pago del peaje establecido, excepto en los casos que taxativamente se enumeran a continuación. Cualquier pacto en contrario será nulo de pleno derecho.

Estarán exentos de pago: