PLIEGO DE CLÁUSULAS GENERALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE AUTOPISTAS EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN
Cláusula 51. Liquidación de ejercicios.-

Regirán a estos efectos los conceptos económicos de cargo y abono figurados en las leyes españolas, y como supletorios, los principios generalmente admitidos de técnica contable internacional.