Sección 5.ª Resolución del contrato de suministro
Artículo 275. Causas de resolución.
Son causas de resolución del contrato de suministro, además de las señaladas en
el artículo 206, las siguientes:
- a) La suspensión, por causa imputable a la Administración, de la iniciación del
suministro por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el
contrato para la entrega, salvo que en el pliego se señale otro menor.
- b) El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año
acordada por la Administración, salvo que en el pliego se señale otro menor.
(Artículo redactado de conformidad con la LEY 2/2011)