Art. 242.

Una vez unida al expediente la documentación anterior, por el servicio gestor se procederá a la redacción del pliego de bases del suministro que comprenderán las cláusulas administrativas particulares y las prescripciones técnicas que hayan de regir la adjudicación del contrato, su contenido y efectos.

Aun cuando las prescripciones técnicas por su volumen y complejidad de contenido se aporten al expediente en documento independiente de las cláusulas administrativas particulares, se entenderá a todos los efectos que forma parte inseparable del pliego de bases del suministro.