TÍTULO II. NORMAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
Artículo 11. Especificaciones técnicas.
A los efectos de la presente disposición, se entenderá
por:
- a) Especificaciones técnicas: exigencias técnicas que definen las características
requeridas de una obra, material, producto, suministro o servicio y que permiten
caracterizarlos objetivamente, de manera que se adecuen a la utilización determinada por
la entidad contratante. Estas exigencias técnicas pueden incluir la calidad, el
rendimiento, la seguridad o las dimensiones, así como los requisitos aplicables al
material, producto, suministro o servicio en cuanto a garantía de calidad, terminología,
símbolos, pruebas y métodos de prueba, envasado, marcado y etiquetado. En relación con
los contratos de obras, las especificaciones técnicas pueden incluir también los
criterios sobre definición y cálculo de costes, pruebas, control y recepción de obras y
técnicas o métodos de construcción, así como todas las demás condiciones de carácter
técnico que la entidad contratante pudiera prescribir, conforme a una reglamentación
general o específica, con respecto a las obras acabadas y a los materiales o elementos
que las integren.
- b) Norma: Especificación técnica aprobada por un organismo de normalización
reconocido, para una aplicación repetida o continuada, cuyo cumplimiento no es, en
principio, obligatorio.
- c) Norma Europea: norma aprobada por el Comité Europeo de Normalización (CEN) o por el
Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) en tanto que «Norma Europea
(EN)» o «Documento de Armonización (HD)», de conformidad con las normas comunes de
ambos organismos, o por el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI), de
conformidad con sus propias normas, en tanto que «Norma Europea de Telecomunicación
(ETS)».
- d) Especificación técnica común: especificación técnica elaborada según un
procedimiento reconocido por los Estados miembros de la Unión Europea con el fin de
garantizar una aplicación uniforme en todos ellos y que deberá estar publicada en el
«Diario Oficial de las Comunidades Europeas».
- e) Documento de idoneidad técnica europeo: documento que recoge la evaluación técnica
favorable de la aptitud de un producto para el uso asignado, expedido por alguno de los
organismos autorizados a tal efecto, fundamentada en el cumplimiento de los requisitos
esenciales exigidos reglamentariamente para las obras en las que dicho producto se
utiliza.
- f) Especificación técnica europea: norma española que sea transposición de una norma
europea; especificación técnica común o documento de idoneidad técnica europeo.