TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I. AMBITO DE APLICACION

Artículo 2. Entidades contratantes.

1. Quedarán sujetas a la presente Ley, siempre que realicen alguna de las actividades enumeradas en el artículo 3:

2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Ley, la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y los Organismos autónomos dependientes de las mismas, que se regirán, en todo caso y sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda, por la legislación de contratos de las Administraciones públicas.