CAPÍTULO VI De las especialidades del contrato de elaboración de proyectos

SECCIÓN 1ª. DE LOS CONCURSOS DE PROYECTOS CON INTERVENCION DE JURADO

Artículo 216. Concursos de proyectos con intervención de Jurado.

1. Se consideran concursos de proyectos los procedimientos caracterizados por la intervención de un Jurado compuesto exclusivamente por personas físicas independientes de los participantes y que, con o sin asignación de premios, tengan por objeto, mediante la correspondiente licitación, elaborar planes o proyectos principalmente en los campos de la ordenación territorial, el urbanismo, la arquitectura, la ingeniería y el procesamiento de datos.

El Jurado adoptará sus decisiones o dictámenes con total independencia, sobre la base de proyectos que le sean presentados de manera anónima y atendiendo únicamente a los criterios indicados en el anuncio de la celebración del concurso.

2. Cuando la cuantía del concurso, determinada por el importe total de los premios y pagos a los participantes, sea igual o superior a las cifras que figuran en el artículo 203.2, según las categorías de servicios y órganos de contratación, estos últimos publicarán un anuncio en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», aplicándose los plazos previstos en el artículo 207.

3. Si el número de participantes es limitado, su selección se llevará a cabo mediante criterios objetivos, claros y no discriminatorios, indicados en el anuncio y en el pliego que defina las características y reglas del concurso.

4. La adjudicación de contratos al ganador de un concurso de proyectos, siempre que supongan una continuidad del concurso y esté previsto en sus condiciones, podrá realizarse por procedimiento negociado sin publicidad. Si existieren varios ganadores, se deberá invitar a todos a participar en la negociación.

5. Cuando la celebración del concurso del proyecto se haya anunciado en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», deberá, asimismo, publicarse en dicho Diario su resultado, a más tardar, cuarenta y ocho días después de su resolución.