Artículo 46. Desarrollo del procedimiento de licitación en un sistema dinámico de adquisición.

1. Cada contrato específico en el marco de un sistema dinámico de adquisición será objeto de una licitación.

2. Antes de proceder a la licitación, las entidades contratantes publicarán un anuncio de licitación simplificado en el que se invite a todos los operadores económicos interesados a presentar una oferta indicativa, con arreglo al apartado 2 del artículo 43, en un plazo que no podrá ser inferior a quince días a partir de la fecha de envío del citado anuncio. Las entidades contratantes no convocarán una nueva licitación hasta haber concluido la evaluación de todas las ofertas indicativas presentadas en el plazo citado.

3. Las entidades contratantes invitarán a todos los licitadores admitidos en el sistema a presentar una oferta para cada contrato específico que se vaya a adjudicar en el marco del sistema dinámico de adquisición. Con este fin, establecerán un plazo suficiente, en relación con el objeto del contrato, para la presentación de las ofertas.

4. Adjudicarán el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta, basándose en los criterios de adjudicación detallados en el pliego y en el anuncio de licitación para la puesta en práctica del sistema dinámico de adquisición. De ser necesario, los criterios se precisarán en la invitación para presentar una oferta mencionada en el apartado anterior.