SECCIÓN 3. DISPOSICIONES COMUNES A LA CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS CONTRATISTAS DE OBRAS Y DE SERVICIOS.
Artículo 47. Solicitudes de clasificación y documentación a incorporar al expediente.

El expediente de clasificación de las empresas se iniciará a petición de las mismas, que se presentará en la forma regulada en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante formulario tipo, aprobado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, que estará integrado por los siguientes documentos:

1. Solicitud de clasificación de la empresa, en la que se acreditará la denominación social correspondiente o el nombre de la persona física en supuestos de empresarios individuales, el domicilio, el número de identificación fiscal y los subgrupos en que desea obtener clasificación.

2. Documentos de acreditación de las características jurídicas de la empresa:

3. Documentos de acreditación de la organización de la empresa:

4. Documentación para acreditar los medios financieros de la empresa:

5. Documentación para acreditar los medios personales de la empresa:

6. Documentación para acreditar los medios materiales de la empresa: relación de maquinaria, material y equipos a disposición de la empresa, en propiedad, en arrendamiento o en arrendamiento financiero, para la ejecución de las actividades de los subgrupos de clasificación solicitados, aportando la justificación documental de tal disponibilidad.

7. Documentación para acreditar la experiencia en la ejecución de trabajos relacionados con las actividades de los subgrupos de clasificación solicitados:

8. Documentación complementaria: al expediente formulario tipo se acompañará la documentación siguiente: