SAFA

CAPÍTULO III.
DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL CONSEJO

Artículo 11. Competencias del Pleno y de las Secciones.

1. Corresponderá dictaminar al Pleno del Consejo de Obras Públicas:

2. Las Secciones del Consejo dictaminarán en todos los asuntos de su especialidad que no sean de la competencia del Pleno, pudiendo previamente estudiarse en Sección las Ponencias que cada una vaya a remitir al Pleno, si así lo acuerda el Presidente de la Sección competente.