INSTRUCCION 7.1-IC PLANTACIONES EN LA ZONA DE SERVIDUMBRE DE LAS CARRETERAS

3. PRINCIPIOS GENERALES

Toda plantación ha de ser motivada tanto en su calidad como en su disposición, y la solución que se adopte deberá ajustarse, en cuanto sea compatible, a los principios generales que a continuación se relacionan.

3.1. Seguridad del tráfico

La disposición y calidad de una plantación deberá ser tal que no represente riesgo inmediato de choque por un eventual despiste de los vehículos que circulan por la carretera.

3.2. Permanencia del gálibo

Cuando se trate de plantaciones constituidas por árboles en hilera, su posición deberá permitir que se conserve plenamente el gálibo previsto para la carretera en toda su longitud.

3.3. Orientación al conductor

Una hilera de árboles situada convenientemente dota a la carretera de una tercera dimensión, que facilita notablemente el trabajo al conductor. Esta disposición es especialmente aconsejable en los cambios de rasante sin visibilidad.

3.4. Visibilidad

La forma y dimensiones de la plantación deben permitir siempre al conductor la mayor visibilidad posible, especialmente en las intersecciones y en las curvas.

Nunca debe ocultar las señales de tráfico.

3.5. Soleamiento

En las zonas húmedas o de frecuentes heladas, el arbolado deberá establecerse cuidando de evitar las umbrías que impiden el rápido secado o deshielo de la calzada.

3.6. Conservación mecanizada

La tendencia actual de realizar los trabajos de conservación de arcenes y cunetas con medios mecánicos aconseja situar las plantaciones en zonas que permitan estas labores.

3.7. Estética del paisaje

La calidad y disposición de las plantaciones deberá establecerse teniendo muy en cuenta la ambientación de la carretera en el paisaje que la circunda. En unos casos para valorarlo convenientemente. En otros para ocultar aquellos aspectos cuya contemplación no resulte agradable. A este respecto deberá tenerse en cuenta:

3.7.1.

En general, no es adecuado plantar árboles cuando la carretera atraviesa o está próxima a bosques o plantaciones de frutales.

3.7.2.

La plantación ha de permitir la visión del paisaje.

3.7.3.

En las trincheras o en las medias laderas es aconsejable plantar el mismo tipo de vegetación que existía inicialmente. Con ello se conseguirá además evitar las erosiones.

3.7.4.

En zonas movidas es preferible limitar las plantaciones a los tramos planos o de poca pendiente, interrumpiéndola en los de pendientes fuertes. En el caso de árboles plantados para la contención de taludes de terraplenes únicamente sobrepasarán la cota de la plataforma las zonas verdes de la plantación, sin que se perciba la presencia de los troncos.

En el caso de cambios de rasantes sin visibilidad en tramos a nivel del terreno o a media ladera podrán plantarse árboles en la zona de terraplén, con objeto de orientar a los conductores.

3.7.5.

La plantación puede ser simétrica respecto al eje de la carretera cuando su perfil transversal y el del terreno sean también simétricos.

3.7.6.

Con perfil transversal asimétrico la plantación puede ser también asimétrica, interrumpiéndola donde se desee poner en evidencia determinadas vistas.

3.7.7.

En lo posible deben plantarse masas de arbolado en zonas donde el terreno lo permita y en aquellas que puedan servir de descanso para los viajeros, especialmente si hay posibilidades de dotarlas de agua potable. En aquellas zonas en que su belleza radica precisamente en la ausencia de vegetación deberá cuidarse al máximo su armonización con el paisaje.

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