NOTA DE SERVICIO 3/07 SOBRE INSTRUCCIONES PARA LA UTILIZACION DE CIMBRAS AUTOLANZABLES (MÓVILES) EN LA CONSTRUCCION DE PUENTES DE CARRETERA

A propuesta de la Subdirección General de Construcción y con la conformidad de la Subdirección General de Proyectos y de la Dirección Técnica, se dicta la presente Nota de Servicio que tiene por objeto complementar y desarrollar la Nota de Servicio 1/06 en lo relativo al uso de cimbras autolanzables, así como facilitar y unificar en lo posible todo lo concerniente al diseño, montaje, operaciones y desmontaje de dichos elementos auxiliares de obra a utilizar en la construcción de puentes; todo ello dirigido a la mejora de la seguridad.

El tiempo transcurrido desde la fecha de aplicación de la Nota de Servicio 1/06 ha permitido conocer mejor los posibles perfeccionamientos y mejoras que se pueden introducir en estas cimbras, por lo que resulta conveniente el desarrollo de esta Nota de Servicio.

Por todo ello, además de tener en cuenta lo especificado en la Nota de Servicio 1/06, en las distintas fases de proyecto, montaje y utilización de cimbras autolanzables para la construcción de puentes de carretera en obras de esta Dirección General, deberán cumplirse las instrucciones que se detallan a continuación:

1. Comprobación del Proyecto de la cimbra y planos de definición

En relación con el Proyecto de una cimbra autolanzable deberá comprobarse que se especifican los siguientes aspectos:

2. Instrucciones relativas al montaje de la cimbra.

3. Instrucciones relativas al funcionamiento de la cimbra

Las presentes instrucciones se aplicaran de forma complementaria con toda la normativa actualmente vigente, así como con las demás disposiciones que se han venido dictando.

Estas instrucciones se podrán complementar en el futuro, según vayan avanzando los trabajos actualmente en desarrollo sobre la mejora de los elementos auxiliares de construcción.

Madrid, 14 de marzo de 2007

EL SUBDIRECTOR
GENERAL DE
CONSTRUCCION
EL SUBDIRECTOR
GENERAL DE
PROYECTOS
EL DIRECTOR
TECNICO
APROBADO
EL DIRECTOR GENERAL DE
CARRETERAS,
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