Articulo 4.º- Colores de la señales.
- Color azul: se emplea como fondo de las señales de peligro, indicadoras e informadoras.
- Color rojo: Se emplea como dominante en las señales que indican una prohibición o un
precepto obligatorio.
El color rojo es distintivo de las vías nacionales, por lo que se
emplea, como fondo en las placas de ruta que señalan esta clase de vías, y combinado con
el blanco, en los postes de sustentación de señales situada en las mismas, así como en
los sombreretes de los postes kilométricos, miriámetricos y mojones de límite de
provincia, y en las vallas protectoras del tránsito y demás elementos accesorios de las
vías nacionales.
- Color verde: Es distintivo de las vías comarcales, por lo que se emplea en las placas
de ruta correspondientes a estas vías y en los elementos que se acaban de citar
correspondientes a las mismas.
- Color amarillo: Es distintivo de las vías locales, por lo que se emplea en las placas
de ruta correspondientes a estas vías y en los elementos antes citados, situados en las
mismas.
- El color blanco o el aluminio mate se emplean para las letras, cifras, flechas y
representaciones gráficas que vayan colocadas sobre fondo de color.
Para las colocadas sobre fondo blanco se emplea el negro o el rojo.
- El color negro se emplea combinado con el blanco en los hitos de empalme y en los postes
de sustentación de señales que, por circunstancias especiales, se hallan situadas en
caminos rurales o calles de pueblos, que no tengan carácter de nacionales, comarcales o
locales.