10. DOCUMENTACIÓN DEL PROGRAMA Y NORMAS GENERALES
La documentación mínima correspondiente al Programa de Seguridad Vial que deberá
ser remitida
a los Servicios Centrales es la siguiente:
- 1. Estudio realizados de los tramos de concentración de accidentes identificados
y de las
propuestas de actuación. Seguimiento/revisión de los identificados en años
anteriores y de las actuaciones realizadas y/o propuestas.
- 2. Informes de los estudios de actuaciones preventivas de seguridad vial y
propuestas de
actuación, tanto derivadas de dichos estudios como de los análisis de accidentes
mortales,
tramos de conservación integral, etc.
- 3. Informes periódicos de seguimiento de actuaciones de seguridad vial.
- 4. Cualquier otra información que sea requerida por los Servicios Centrales,
tales como los
estudios de accidentes con víctimas mortales, los estudios específicos de
seguridad vial realizados, relación de proyectos redactados (por las asistencias técnicas de seguridad
vial), etc.
Toda la documentación se enviará acompañada de su correspondiente soporte
informático, con el
formato establecido a tal efecto. Asimismo deberá estar paginada, incluyéndose
un índice y
resumen de las conclusiones más importantes así como del diagnóstico global de
la red desde el
punto de vista de la seguridad vial. Por otro lado, la documentación fotográfica
deberá estar
referenciada al PK, sentido, carretera y, a ser posible, indicada en un croquis
de la zona.
Madrid, Julio de 2008
El Coordinador de Seguridad Vial
Fdo: D. Roberto Llamas Rubio
El Subdirector General de Conservación y
Explotación de Carreteras
Fdo: D. Vicente Vilanova Martínez-Falero